El programa de Transformación del Área Céntrica de la Ciudad de Buenos Aires establece un régimen de promoción que incluye la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos de los locales que se instalen para los primeros 2 años.
El área de la Ciudad de Buenos Aires promocionada es la comprendida por las calles Avenida Santa Fe, Crucero General Belgrano, Avenida del Libertador, Avenida Leandro N. Alem, Avenida Paseo Colón, Avenida Belgrano, Bernardo de Irigoyen y Carlos Pellegrini, en ambas aceras.
Las actividades promocionadas, incluyen establecimientos gastronómicos, además de otras actividades:
Centros de enseñanza inicial, primaria, secundaria, terciaria, universitaria y posgrados, para adultos, especial y para discapacitados. Centros de enseñanza de idiomas.
Centros culturales, clubes sociales, venta al por menor de libros, cines, teatros, talleres artísticos y salas de ensayo.
Centros médicos y de salud en general. Centros de estética y similares.
Instalaciones deportivas, gimnasios y natatorios.
Lavanderías y tintorerías.
Peluquerías y centros de tratamiento de belleza.
Centros veterinarios.
Residencias geriátricas.
Residencias universitarias y comunitarias.
Venta al por menor de productos de ferretería y de iluminación de proximidad conforme se determine en la reglamentación.
También incluye beneficios sobre derechos de delineación y construcción y por capacidad constructiva aplicable, transferible y tasa de verificación de obra.