4° CATEGORÍA: F. 572 VENCE EL 31/03/23

Recordamos que el 31 de marzo vence la presentación del formulario 572 para empleados en relación de dependencia que están sujetos a retenciones de Impuesto a las Ganancias.

El Organismo ha implementado novedades en las deducciones, como gastos en educación, viáticos y seguros, y en la acreditación de percepciones como por ejemplo, el Impuesto PAÍS.

Se deben tener en cuenta:

  • Ingresos de otros empleadores obtenidos en el ejercicio fiscal. Cambio de agente de retención.
  • Deducciones generales y personales 2022/ 2023 vigentes para la determinación de la retención de 4ta categoría del impuesto a las ganancias.
  • Pago a cuenta del impuesto: percepciones aduaneras, impuestos sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias, percepción por viajes al exterior y del impuesto país.
  • Beneficios: Trabajadores en zonas desfavorables o jubilados: cómo informar mensualmente.