Se lanzó el programa para devolver el IVA, con un tope de $18.800 por persona por mes. Se modifican las retenciones de Ganancias a partir del 1° de octubre. Además, los empleados en relación de dependencia gozarán de créditos de $400.000, con tasa del 50% anual.
DEVOLUCIÓN DEL IVA
Se devuelve hasta $18.800 de IVA por persona por mes.
Sólo a beneficiarios de alguna asignación de ANSES, como jubilados y pensionados, titulares de AUH (Asignación Universal por Hijo) y de AUE (Asignación Universal por Embarazo), a Trabajadores de Casas Particulares, a Monotributistas sin otras actividades y a todos aquellos Trabajadores en Relación de Dependencia públicos y privados cuyo salario no supere los $708.000.
Sólo habrá devolución por las compras con tarjetas de débito (incluye pagos con QR), en negocios categorizados en AFIP como venta minorista o mayorista, que facturen a consumidores finales, solo en productos como lácteos, almacén, verduras, legumbres, panes, pastas, productos farmacéuticos y perfumería. El tope para carnicerías será de $2.000 mensuales.
RETENCIONES DE GANANCIAS
Quedarán exentos del impuesto a las Ganancias a partir del 1° de Octubre los sueldos y jubilaciones de hasta $1.770.000 mensuales.
Estará exenta la 2° cuota del SAC hasta la proporción de ese monto y se debe reintegrar lo retenido por ese concepto.
Se modifican las escalas del Art. 94 de la LIG.
PRESTAMOS A EMPLEADOS
Se instruyó a la ANSES para que otorgue créditos por hasta $400.000 a devolver en 24, 36 y 48 meses, con cuota fija y tasa del 50%. Con plazo de gracia de 3 meses para la primera cuota.
Es sólo para personal en relación de dependencia.
El dinero sólo se puede utilizar en consumo personal y se acredita en su tarjeta. No se puede utilizar para comprar dólares, ni extraer efectivo o hacer plazos fijos.