EL DNU LABORAL PUEDE NO ESTAR VIGENTE

El día 18 de enero de 2024, el Estado Nacional interpuso un recurso extraordinario contra la suspensión cautelar del capítulo laboral del DNU 70/23. 

Se le concedió, pero con efecto devolutivo. Esto quiere decir que, las disposiciones laborales del referido decreto se encuentran suspendidas hasta tanto no haya una decisión de la Corte Suprema.

A todos los efectos prácticos, la parte laboral del Decreto se encontró vigente desde el 29/12/23 hasta el 3/1/23, suspendiéndose por decisión de la Cámara en dicha fecha y manteniéndose la suspensión hasta que la Corte decida sobre el recurso de apelación.

Resta esperar la definición de la Corte Suprema, que podría devolverle la vigencia a esta norma.