Los bancos han anunciado créditos hipotecarios, ajustados por UVA para acceder a la vivienda de uso propio. No permite utilizarse en viviendas para alquilar a terceros.
Básicamente están destinados a personas en actividad laboral en relación de dependencia, autónomos y monotributistas y depende de la institución bancaria que los ofrezca.
Destino:
- Adquisición de vivienda única y de ocupación permanente.
- Cambio de vivienda única y de ocupación permanente.
- Construcción de vivienda única y de ocupación permanente, en terreno propio, libre de ocupación, la que deberá cumplir como mínimo con los estándares previstos por el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.
- Ampliación, refacción o terminación de vivienda única y de ocupación permanente.
Costo:
- Se ajusta por índice UVA (Unidad de Valor Adquisitivo) que equivale a la milésima parte del costo promedio de construcción de un metro cuadrado de vivienda, y se actualiza en función a la variación del CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia), basado en el índice de precios al consumidor.
- Se paga además la tasa de interés que aplica cada Banco.
- Se puede precancelar, con costo. Ver en cada banco.
Cuota:
- El día de la hipoteca se divide el monto prestado en hipoteca por la cotización de UVA de ese día y se divide por la cantidad de cuotas. La cuota resultará de ese monto en UVAs, con más los intereses, impuestos y seguros.