NACE EL REMITO DIGITAL

ARCA autorizó la emisión y el uso de Remitos Digitales como respaldo de las mercaderías que se transportan desde el 22 de abril de 2025.

La normativa permite prescindir de los Remitos Físicos, pero exige que los Remitos Digitales sean generados por sistemas electrónicos homologados (excluyendo los controladores fiscales).

El nuevo Remito Digital se podrá exhibir desde un dispositivo en formato digital durante el traslado de productos y podrá enviarse una copia electrónica al destinatario y conservar otra en su archivo digital durante al menos dos años. El CAI sigue siendo obligatorio.

El mayor riesgo que vemos es cómo probar que la mercadería fue recibida por el destinatario, como constancia de entrega.

Por eso recomendamos ver cómo se desarrollan los sistemas para asegurar la conformidad del receptor de la mercadería.