A partir del 2 de marzo de 2026 , el trámite de denuncia o cambio del domicilio fiscal de los contribuyentes será habilitado en forma totalmente digital.
El domicilio será verificado y si fuere inexistente, estuviera abandonado o sea desconocido ARCA quedará facultada para declarar un domicilio fiscal de oficio o basado en datos concretos obtenidos en fiscalizaciones, que será plenamente válido para notificaciones.
- Personas humanas: el domicilio será el lugar donde desarrollen efectivamente su actividad y para trabajadores en relación de dependencia o actividades sin local fijo, se considerará el domicilio real.
- Personas jurídicas: el domicilio será donde ejerza la administración superior, ejecutiva o gerencial y en caso de existir sucursales será la sede de la explotación principal.