Destacamos los importes de las categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos, para las distintas categorías:
Cat. I $166,06
Cat. II $232,47
Cat. III $332,11
Cat. IV $531,38
Cat. V $730,64
Se modifican, además:
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial
C) Afiliaciones voluntarias
D) Menores de 21 años
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la ley 24241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
F) Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la ley 24828
Asimismo, se establecen los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino, establecidos por el artículo 9 de la ley 24241 y sus modificaciones, texto sustituido por el artículo 1 de la ley 26222, que se fijan a partir del mes devengado marzo de 2010 en las sumas de $ 311,36 y $ 10.119,08, respectivamente.